Iritzia
14Otsaila
2010
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UN PASO MÁS EN EL AUTOGOBIERNO VASCO.

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Otsaila 14 | 2010 |
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Quienes trabajamos día a día en la construcción de la Nación Vasca hemos conseguido afianzar una parte fundamental de nuestro autogobierno que no es otro que la capacidad para aprobar las normas fiscales de los Territorios Forales Vascos desde nuestras propias Instituciones de forma que nuestros vecinos de otras comunidades autónomas no las podrán llevar a los tribunales ordinarios como hacían hasta ahora,

Hoy las Normas Forales que regulan los impuestos en los Territorios Forales Vascos tienen rango de ley por lo que no están sujetas a control de legalidad sino de constitucionalidad, al igual que las leyes aprobadas por las Cortes Generales.

 

Dicho lo anterior, ¿Por qué tanto revuelo? ¿Qué importancia tiene la reforma legal aprobada? ¿Quién la ha promovido, por qué y para qué?

 

Tras la aprobación del Estatuto de Autonomía del País Vasco en 1979, en cumplimiento de lo previsto en sus contenidos, la Ley de Concierto Económico vio la luz en 1981. En esta Ley se regula, por un lado, las relaciones financieras del País Vasco con el Estado y por otra el hecho de que las Instituciones de los Territorios Forales son las competentes para la regulación normativa de los impuestos concertados de normativa autónoma ( IRPF, Sociedades y otros).

 

En el momento en que las Juntas Generales de los Territorios Históricos iniciaron el ejercicio de esta competencia, regulando algunos impuestos de forma diferente al Estado, empezaron los problemas. Tanto el Gobierno de España como las comunidades limítrofes con la nuestra recurrían sistemáticamente todas las Norma Forales tributarias que se diferenciaban de la legislación estatal. Esta estrategia de acoso permanente al autogobierno vasco se inició ya en el año 1988.

 

A pesar de haberse firmado una "paz fiscal" con el Gobierno Central  el año 2000, los recursos y conflictos judiciales con nuestros vecinos prosiguieron hasta que, en Diciembre de 2004, el Tribunal Supremo del Reino de España dictó una sentencia que laminaba los contenidos del Concierto Económico y que negaba la capacidad de los Territorios Forales Vascos para poder regular el Impuesto de Sociedades de forma diferente al estado, aduciendo, entre otros motivos, que estas medidas eran " Ayudas de Estado" y por lo tanto contrarias al Tratado de la Unión Europea.

 

 

 

En este momento, a principios del año 2005, la autonomía normativa reconocida en la Ley del Concierto Económico era papel mojado. El Tribunal Supremo había vaciado el Concierto Económico y roto el régimen paccionado que garantizaba la Disposición Adicional Primera de la Constitución. El Tribunal Supremo había terminado con el pacto estatutario con una sentencia involucionista. El Concierto y los cimientos de la autonomía vasca estaban heridos de muerte.

 

 Fue en ese momento, con todo perdido, cuando desde la Diputación Foral de Bizkaia, en el ámbito institucional, y desde el EAJ-PNV en el ámbito político, iniciamos dos vías complementarias para intentar recuperar el valor jurídico-político y las competencias que la sentencia del Tribunal Supremo había laminado.

 

Por un lado, impulsamos y apoyamos la presentación de una "cuestión prejudicial" ante el Tribunal de la Unión Europea de Luxemburgo para que decidiera si dentro de un estado miembro podían existir regímenes fiscales diferentes. Soportamos muchos recelos, acusaciones, abandonos en el camino que llegaron incluso a la negativa de financiar los costos judiciales por parte de alguna Institución, pero, al final ganamos en Luxemburgo. Ese día, todos se sumaban a un logro fruto de la constancia y el convencimiento de quienes iniciamos el proceso. Los fracasos son huérfanos pero los éxitos tienen muchos padres.

 

Por otro lado, desde la Diputación Foral de Bizkaia tuvimos la osadía de emprender un largo camino institucional para cambiar dos Leyes Orgánicas, la del Tribunal Constitucional y la del Poder Judicial, con el fin de conseguir que las Normas Forales reguladoras de los tributos concertados de normativa autónoma no estuvieran sujetas al control de legalidad ante los tribunales ordinarios. Propuesta de la Diputación a las Juntas Generales de Bizkaia. Propuesta elevada al Parlamento Vasco y Proposición de Ley presentada a las Cortes Generales. Tras muchas vicisitudes, hubo una conjunción de los astros y al PSOE no le quedó más remedio que votar a favor de la propuesta mientras que el PP, que tanto alardea de defender el Estatuto y el Concierto, votó en contra.

 

Atrás quedan quienes pretendían que las Normas Forales tributarias no fueran otra cosa que la traducción al euskera de las leyes españolas.

 

Atrás quedan quienes pretendían regular los impuestos concertados de normativa autónoma mediante leyes del Parlamento Vasco, en un claro intento de contrafuero, ignorando lo previsto tanto en el Estatuto de Gernika como en la Ley de Concierto Económico.

 

Atrás quedan los timoratos que no querían arriesgarse y luchar hasta donde fuera preciso para defender y blindar nuestro autogobierno.

 

Este Diputado General, en nombre de la Diputación Foral, presentó la primera propuesta al Pleno de las Juntas Generales de Bizkaia. Tuve el honor de presentar ante el Pleno del Parlamento Vasco la Proposición de Ley para el blindaje. Estuve en el Congreso de Diputados en la votación para la toma en consideración. Estuve en la vista pública de la Corte de Luxemburgo y estaremos allí donde pueda estar en juego el régimen foral de los Territorios Vascos.

 

En una economía como la vasca, tan diferente a la española, la posibilidad de utilizar la política fiscal como una herramienta de Política Económica es una garantía adicional para aprovechar mejor las épocas de bonanza y para luchar con más eficacia contra las situaciones de crisis como la actual. Otro ejemplo de que a más autogobierno, más eficacia en la gestión de lo público y más calidad de vida para la ciudadanía.

 

Dentro de nuestra casa, en las Instituciones Vascas, podremos y deberemos debatir posturas, propuestas y modelos fiscales diferentes para aprobar y poner en vigor lo que aquí acordemos.  Y lo que aquí acordemos podrá coincidir o no con la normativa que exista en el Estado. Hablamos del "FUERO", de la capacidad de decidir en materia fiscal, de agrandar y afianzar la garantía de un instrumento que es considerado en los tratados clásicos de la teoría política como uno de los elementos definitorios de lo que es un estado.

 

Una advertencia final. En el momento en que se publiquen en el BOE los cambios legislativos, nuestros vecinos de La Rioja y Castilla León ya han anunciado la interposición de recursos de inconstitucionalidad con el apoyo explícito del PSOE local y del PP. Seguiremos peleando.

 

PD. Muchas son las personas que han aportado su apoyo y trabajo para llegar hasta aquí. Gracias a todas ellas y en especial al Letrado Jefe de la Diputación Foral de Bizkaia, José Luis Etxeberria Monasterio. Resistir es vencer.

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