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En el aniversario de un incumplimiento constante

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Abendua 07 | 2007 |
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Xabier Ezeizabarrena

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Noticias de Gipuzkoa


Al albur del 29º Aniversario de la Constitución vigente es curioso advertir el poco o nulo debate existente en España sobre los temas constitucionales de fondo que subyacen al casi permanente incumplimiento del texto constitucional, precisamente de la mano de sus mayores mentores: PSOE y PP o PP y PSOE tanto montan a efectos de ubicar a la Constitución en una situación puramente decorativa. La mayor paradoja de las que puede observarse es la pretensión de equiparar sistemáticamente a los dos grandes partidos estatales con el término constitucionalistas, cuando la esencia y las garantías de la Constitución española no parecen formar parte de sus respectivas agendas. Así, frente al pretendido talante del PSOE, bien es cierto que, respecto de las cuestiones centrales que afectan al tema vasco, la unidad de pensamiento y actuación sigue en vigor para populares y socialistas.
Una Constitución no es o representa simplemente la unidad del Estado que PP y PSOE proclaman, su indisolubilidad o su pretendida e inmutable soberanía. La única esencia de una Constitución son los principios de toda democracia y los Derechos Fundamentales. Estos son, desde luego, inmutables para los países de nuestro contexto que están obligados por el Derecho Europeo e Internacional y sometidos a ambos.

España, su Gobierno y su Constitución están sometidos a esas reglas y, en casi todas las ocasiones en las que sus actuaciones guardan relación con la cuestión vasca, no las acatan plenamente en el plano interno. Bastan cuatro ejemplos muy actuales con la Constitución y las leyes vigentes en la mano para probar que, o no existe ya la separación de poderes en España o se encuentra salvajemente deteriorada, con violación notoria de algunos derechos fundamentales:

a) Ilegalización de Batasuna, centenares de listas de la izquierda abertzale desde 2003 y, aleatoriamente, de listas municipales de ANV en 2007: en España sólo puede ilegalizarse un partido político mediante sentencia judicial penal. Véase la Constitución (Título sobre Derechos Fundamentales, arts. 6, 22 y 55), libertad de asociación política, causas de restricción de los Derechos Fundamentales, y el Código Penal. Las sucesivas sentencias de ilegalización, como todos sabemos, no son sentencias penales. Las listas de Batasuna, de centenares de listas posteriores y, en 2007, determinadas listas de ANV se han ilegalizado mediante Sentencia no penal "ad hoc", sala "ad hoc" y ley administrativa "ad hoc". Eso sí, en el caso de las listas de ANV las mismas no se ilegalizan en Pamplona, pero sí en Donostia, no en Usurbil, pero sí en otros lugares. ¿Por qué será?

En resumen, esa Ley de Partidos que nace presuntamente para defender la libertad ideológica de todos, es un instrumento político que acaba persiguiendo y limitando los derechos políticos de miles de ciudadanos, modificando, por cierto, el mapa electoral vasco al libre antojo de PP y PSOE, según quien esté en el gobierno y, eso sí, con grave quebranto de esa Constitución que tanto dicen defender ambos partidos. Claro que eso ha servido, incluso, para que el PP ostente, por ejemplo, la Alcaldía de Lizartza de manera poco menos que surrealista. También ha servido dicha Ley para que se pretenda procesar penalmente al Lehendakari y a otros parlamentarios vascos, por la curiosa y malévola actividad de ejercer su derecho de reunión que, por cierto, tampoco está sujeto a límite alguno en la propia Constitución.

b) Cierres de Egin y Egunkaria: idéntica situación, pues una restricción en el derecho de libertad de expresión, dentro del cual esta la libertad de información así como el derecho de los lectores de un medio, sólo cabe en España mediante sentencia judicial penal, o declaración de Estado de excepción, alarma o sitio (arts. 20 y 55 de la Constitución). Ninguna de esas figuras se ha producido. Basta analizar los mismos preceptos de la Constitución y el Código Penal. Nuevamente se demuestra quién defiende la Constitución, su esencia, y por tanto las garantías constitucionales que tenemos todos como ciudadanos.

c) 28 años después de la entrada en vigor del Estatuto de Gernika esta norma sigue sin cumplirse. Pero es que PSOE y PP; PP y PSOE no tienen ninguna intención de cumplir con ese Estatuto. Es una Ley Orgánica pactada con las Cortes y forma, por tanto, parte del bloque de constitucionalidad. Pero el Estatuto sigue sin cumplirse. Y además, cuando se ha pretendido reformar dicho Estatuto, PP y PSOE rechazan la reforma sin esgrimir los motivos de dicho rechazo. Aquí la Constitución ha vuelto a desaparecer de escena, mientras PP y PSOE procuran celebrar el aniversario de tan magno incumplimiento.

¿No será que en algunos temas se hace una aplicación excepcional del Derecho, cosa que la Constitución no permite? Lo verdaderamente grave es que tanto PSOE como PP coinciden respecto a los temas vascos en aplicar o inaplicar la Constitución a su libre albedrío. Desde mi punto de vista, ello se debe a que la secular visión del Estado unitario les provoca, aparentemente, una interpretación distorsionada de lo que es una Constitución.

Lo verdaderamente inmutable no es la organización jurídico-política de un Estado; la estructuración territorial de cualquier Estado es perfectamente modificable, hoy día, como demuestra la UE en su realidad práctica. En cambio, los derechos fundamentales sí son garantías inmutables en el contexto europeo en el que vivimos. La solución a estas cuestiones se encuentra, en buena medida, dentro de la Propuesta del Lehendakari para una consulta popular, así como en el Proyecto de Estatuto aprobado en el Parlamento Vasco al final de 2004, que incide justamente en la esencia constitucional de la UE. Un marco real y efectivo de derechos fundamentales compartidos por las democracias de Occidente y el reconocimiento de nuestros Derechos Históricos como pueblo, incluido el derecho de decisión en la línea de Quebec o Escocia.

Por ello, tal y como recoge la "Conversación Nacional" que divulga la ponencia del Partido Nacionalista Escocés, la independencia en la UE no tiene porque romper lazos con nada ni con nadie. Al contrario, es una forma inteligente y democrática de libre determinación para compartir democracia y derechos fundamentales con el resto de Naciones de la UE, incluida España.

d) Pero, lamentablemente, el proceso democrático no es tan sencillo en nuestro contexto. El último remate es la aplicación, ahora penal, de la Ley de Partidos (que no es una ley penal) para procesar penalmente al Lehendakari y a otros parlamentarios. Es curioso que el proceso penal negado tantas veces a las gentes de Batasuna para su ilegalización, es ahora objeto de concesión para abrir un proceso penal contra un Presidente autonómico y varios parlamentarios que, desde luego, no han cometido delito alguno. Y aquí llegamos al enésimo absurdo, dado que si Batasuna fuera ilegal como dicen algunos, no existiría para el Derecho vigente. Y sin embargo, reunirse con dicha formación supone un delito para algunas tesis. Es decir, lo imposible para el Derecho es más que factible para la política si sirve para acabar con determinado adversario.

Entre otras cosas, porque, como decía al principio, para ilegalizar un partido debe existir una sentencia penal que no conocemos. De lo contrario, los miembros de dicho partido deben gozar en plenitud de sus derechos fundamentales. Al parecer, esto poco importa en el aniversario de la Constitución, pues el delito ya lo inventará alguien en procedimiento de urgencia y sin debate parlamentario, al más puro estilo implantado en su día por Cánovas del Castillo.

Y frente a Cánovas, dado que la voluntad de incumplimiento es ya contumaz por parte de PSOE y PP en materia de derechos fundamentales, yo me quedo con Rousseau, en su "Contrato Social o Principios del Derecho Político": "El hombre ha nacido libre y por doquiera está encadenado. Hay quien se cree amo de los demás, cuando no deja de ser más esclavo que ellos. ¿Cómo se ha producido este cambio? Lo ignoro. ¿Qué es lo que puede hacerlo legítimo? Creo poder resolver esta cuestión.
Si no se considerara más que la fuerza y el efecto que de ella deriva, yo diría: mientras un pueblo esté obligado a obedecer y obedezca, hace bien; tan pronto como pueda sacudir el yugo y lo sacuda, hace aún mejor; porque al recobrar su libertad por el mismo derecho que se la arrebató, o tiene razón al recuperarla, o no la tenían en quitársela. Mas el orden social es un derecho sagrado, que sirve de base a todos los demás. Sin embargo, tal derecho no viene de la naturaleza: está, pues, basado en las convenciones. Se trata de saber cuáles son esas convenciones".

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