Opinión
13Febrero
2010
13 |
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EL CONCIERTO ECONÓMICO EN POSITIVO

Opinión
Febrero 13 | 2010 |
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Xabier Ezeizabarrena

Opinión

El Diario Vasco


Las recientes modificaciones legislativas que han posibilitado el blindaje del Concierto Económico vasco en las Cortes Generales suponen una piedra de toque de indudable importancia, de forma que las Normas Forales de carácter fiscal sólo podrán impugnarse, en su caso, ante el Tribunal Constitucional. A este respecto, el impulso histórico y constante del PNV viene a dar un espaldarazo fundamental en relación con las normas tributarias vascas derivadas del Concierto Económico y de nuestros Derechos Históricos. En suma, una importante garantía a nuestro sistema fiscal singular en la UE, así como a la cláusula constitucional que lo protege como elemento singular que forma parte de los Derechos Históricos vascos en la Adicional 1ª.

Las reformas aprobadas, con la misteriosa desaparición del hemiciclo de algunos diputados de las circunscripciones vascas, sirven para desterrar igualmente aquellas interpretaciones puramente mitológicas o de pretendido privilegio de la foralidad vasca derivada de dicha cláusula constitucional. Ello ha de contribuir igualmente a que la UE avale el rango constitucional de dicho régimen fiscal y su encaje, reconociendo abiertamente su singularidad y su plena vigencia en el marco comunitario de la UE.

La Disposición Adicional Primera de la Constitución es bien clara a este respecto cuando dice amparar los Derechos Históricos de los territorios forales. De la propia cláusula se derivan, a día de hoy, cuestiones tan concretas e importantes como el Concierto y el Convenio económicos, protegidos ahora en el caso de ls Normas Forales, por un rango legal que también debería contribuir a reconocer la compatibilidad del régimen fiscal vasco con el régimen del Tratado de la Comunidad Europea encargado de regular las denominadas ayudas de Estado.

En este sentido, frente a algunos discursos escuchados estos días, el Concierto Económico no es un ejercicio nostálgico o materia prima para la instauración del privilegio y la falta de solidaridad. Al contrario, el Concierto Económico se consolida como manifestación de instituciones jurídicas que se han mantenido vivas hasta nuestros días y que siguen rigiendo buena parte de las relaciones jurídico públicas de los territorios forales con el Estado y con la UE en materia fiscal. Así, los Derechos Históricos vuelven a manifestarse como algo más que una mera suma aritmética de competencias e instituciones. Suponen la existencia de un verdadero concepto político-jurídico, preexistente incluso a nuestra realidad constitucional actual, e inderogable por tanto, de forma unilateral, dada su naturaleza pactada o contractual, además de su plena vigencia en el marco de la UE.

Lamentablemente, habrá todavía quienes sigan manteniendo que la circunstancia de que los incentivos fiscales vascos se adopten por entidades sub-estatales dotadas de competencia exclusiva con arreglo al Derecho interno constituye un hecho puramente formal sin mayor trascendencia jurídica. Sin embargo, el propio Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea (TJCE) ha dado especial importancia a este hecho en el plano europeo, ordenando la cuestión en base al principio de competencia y no al de jerarquía o soberanía estatal.

De la mano de esta buena noticia, los Derechos Históricos que sostienen constitucionalmente el Concierto Económico vasco y el Convenio Económico navarro demandan, desde hace mucho tiempo, una actualización general especialmente a la luz del fenómeno europeo de integración política y jurídica. Ello también se deriva del tenor de la importante Sentencia del TJCE de 11-9-2008. Para ello, un sistema multilateral de garantías entre Euskadi, sus Territorios Históricos, Navarra y el gobierno central es una herramienta imprescindible, incluso de cara a la propia UE. Ello se encuentra implícito en la propia Adicional 1ª de la Constitución para Euskadi, sus Territorios Históricos y también para Navarra. Cosa distinta es la voluntad política de cada cual y, en ella, una vez más, tiene el sistema constitucional español la oportunidad y la necesidad de actualizar sus postulados a la realidad de los hechos y a la luz de los nuevos fenómenos jurídicos que nos rodean. El blindaje del Concierto en las Cortes bien pudiera ser un primer paso.

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