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1996.go Irailaren 23 an                                                                    8. alea

 

SUMARIO

- Valoración del PNV sobre propuestas UPN-PP cooperación C.A.V.P.- Gobierno Foral de Navarra.

- Resolución del Parlamento Europeo sobre el respeto de los derechos humanos en la Unión Europea.

- Ley de Aportaciones (IV)

- Plan de Residuos Sólidos Urbanos.  D.F. Gipuzkoa. (II)

 

 

VALORACIÓN DE LAS PROPUESTAS PRESENTADAS POR EL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR EN EL SENADO AL ACUERDO DE COOPERACIÓN ENTRE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO Y LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA.  

  La propuesta formulada por el Grupo del PP en el Senado establece ONCE condicionantes a la autorización del Acuerdo que suponen una auténtica "enmienda a la totalidad", en cuanto que lo vacían de contenido y encubren, o tratan de encubrir, en definitiva, su no autorización.

  Si ninguna de ellas es aceptable, resultan de especial gravedad las relativas a: eliminar el marco permanente de cooperación (primera); suprimir el catálogo de materias a las que extender la cooperación (cuarta); reconducir el órgano a otro de simple colaboración administrativa (quinta); impedir el fomento de las relaciones entre el entramado económico y social de ambas comunidades (séptima); eliminar, incluso formalmente, la existencia del órgano Permanente (décima).

  En cualquier caso todos los condicionantes traslucen un hecho evidente: que UPN no acepta el Acuerdo de Cooperación.  Pero que no lo acepta por una motivación estrictamente política.

  Nuestro criterio ante esta situación es que no debe en modo alguno entrarse a negociar los textos en ningún punto.  El solo hecho de abrir una nueva negociación del Acuerdo, con independencia del resultado que se obtuviera, supondría:

 

-Primar políticamente la postura de UPN sobre los Gobiernos y Parlamentos respectivos.  Máxime en el momento actual, tras el rechazo inicial de la Mesa del Senado a la admisión a trámite de la propuesta.

-Reconocer al Senado un papel de fiscalizador o "comisario político" de las instituciones autonómicas.  El Senado a la hora de aceptar o rechazar el Acuerdo debe justificar su decisión exclusivamente en motivos de legalidad constitucional, nunca de oportunidad política.  Y en ese terreno, de la legalidad, el texto del Acuerdo es especialmente cuidadoso e intachable.

 

 

 

RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO SOBRE EL RESPETO DE LOS DERECHOS HUMANOS EN LA UNIÓN EUROPEA

  El Parlamento Europeo insta al Gobierno español a poner en práctica las recomendaciones del informe del Comité para la Prevención de la Tortura del Consejo de Europa, en el que se pide el acercamiento de los presos a sus lugares de origen, y muestra su alarma ante la existencia de torturas en la Unión Europea.

  En el Pleno del 17 de septiembre de 1996, el Parlamento Europeo ha aprobado su informe sobre "El respeto de los derechos humanos en la Unión Europea".  Este informe se ha realizado y aprobado tras la publicación de los estudios realizados por el Comité de Prevención de la Tortura (C.T.P.) del Consejo de Europa en lo que respecta al año 1994, para Portugal, Bélgica, Grecia, Irlanda del Norte y el Estado Español.

  El informe ha sido aprobado con 223 votos a favor (grupo socialista, izquierda unida europea, verdes, PNV, radicales y democristianos varones), 158 en contra (gran parte del PPE, incluyendo algunos españoles, y conservadores) y 50 abstenciones (entre ellos miembros del PP español).

  El informe del Parlamento Europeo señala repetidas veces la alarma que le causa a esta institución la existencia de torturas en el seno de la Unión Europea, indicando explícitamente que el Parlamento Europeo "Considera alarmante que el C.P.T. del Consejo de Europa y el Comité contra la tortura de las Naciones Unidas hayan podido denunciar que en determinados Estados miembros se cometen actos de tortura o se imponen penas o tratos inhumanos o degradantes a personas arrestadas o detenidas por representantes de las fuerzas del orden y del personal penitenciario", añadiendo que "reclama de los Estados miembros que realicen investigaciones exhaustivas sobre todas y cada una de las denuncias fundadas de malos tratos y que examinen con el mayor rigor los abusos de fuerza que puedan producirse por miembros de los cuerpos de seguridad de los Estados, y que luchen contra la impunidad de la que gozan en demasiadas ocasiones quienes cometen actos de tortura o inflingen tratos inhumanos o degradantes".

  El Parlamento Europeo utiliza como base de sus denuncias los informes elaborados por el Comité para la Prevención de la Tortura del Consejo de Europa.  De los cinco informes publicados hasta la fecha correspondientes a 1994, uno de los que contiene aspectos "que alarman" al Parlamento Europeo, y que ha sido publicado hace escasas semanas, es el que corresponde al Estado español.  El retraso se debe al "veto" ejercido sobre la publicación por el ex-ministro Belloch, que hasta marzo de 1996, prácticamente en vísperas de dejar el Ministerio, no autorizó la publicación.

  El Parlamento Europeo hace suyos estos informes e "insta a los Estados miembros a dar su consentimiento a la publicación de los informes del Comité para la Prevención de la Tortura, a estudiar sus recomendaciones y a ponerlas en práctica".

  El C.P.T. es, junto al Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo, uno de los dos organismos con los que cuenta el Consejo de Europa como supervisores en el campo de la aplicación de los derechos humanos.  Su diferencia con respecto al Tribunal, es que el C.P.T. no actúa como cuerpo judicial estableciendo sentencias y obligando a los Estados miembros a corregir actuaciones en base a violaciones de obligaciones de un Tratado.  Es un mecanismo de prevención de los malos tratos y su funcionamiento se basa en visitas a los Estados, donde tras exámenes exhaustivos emite sus recomendaciones a los Estados miembros en forma de informe.

  El Comité visitó el Estado español en 1991, y dos veces a lo largo de 1994.  La colaboración recibida por el Comité fue en general buena.  Tuvieron restricciones y obstaculizaciones reflejadas explícitamente en el informe, entre otros sitios en la Audiencia Nacional, dónde la actitud del juez Bueren "siguió un procedimiento restrictivo" en relación con un preso incomunicado en la prisión de Madrid 1. El informe también denuncia los largos tiempos de espera que tuvieron que sufrir previamente a acceder a algunas comisarías de la Policía nacional y de la Guardia Civil.

  Referente a la situación de las torturas en el estado español, el informe de la delegación del C.P.T. señala que las alegaciones escuchadas que "junto con otras informaciones recogidas, llevan a la delegación a reiterar el punto de vista, expresado por el Comité en su informe sobre la primera visita (abril 91), que sería prematuro concluir que el fenómeno de la tortura y de los malos tratos han sido erradicados en España", añadiendo que "la información a su disposición es suficiente para motivarle a legitimar la preocupación sobre la forma en la que ciertas personas arrestadas a primeros de junio de 1994, habían sido tratados durante su custodia por la Guardia Civil.  Esto llevó al Comité a recomendar que una investigación general de naturaleza independiente y concienzuda sea llevada a cabo sobre los métodos usados por la Guardia Civil durante los arrestos e interrogatorios de los sospechosos".

  Las instalaciones de detención también son analizadas en las conclusiones del informe solicitándose la total adaptación, o en caso contrario retirada de servicio de la Jefatura de la Guardia Civil del Antiguo. También se posiciona el C.P.T. sobre los tiempos máximos de incomunicación, que "en opinión del Comité, un período máximo de hasta 48 horas daría lugar a un mejor equilibrio entre los requisitos de las investigaciones y los intereses de las personas detenidas".

  La carencia de "registros de custodia" es otra de las graves deficiencias observadas por el Comité, subrayándose especialmente que "las deficiencias al respecto fueron particularmente serias en la Jefatura de la Guardia Civil en Gipuzkoa, en el País Vasco".  Por el contrario, el informe señala que "Como contraste, la delegación quedó impresionada por los registros guardados por la Ertzaintza.  Sustancialmente, ellos se ajustan a las recomendaciones del Comité para la Prevención de la Tortura".  Este mismo cuerpo recibe en general comentarios elogiosos a lo largo del informe, mostrándose únicamente deficiencias en lo que respecta a la superficie de las celdas en algunas Comisarías (eventualidad ya corregida).

  La situación de alejamiento de los presos respecto a sus familias es descrita a lo largo del informe y en sus conclusiones.  En estas últimas, el informe del C.P.T. insiste en el problema del alejamiento de los presos de sus hogares, y aboga por la proximidad a su lugares de origen.  El texto señala que "El Comité para la Prevención de la Tortura ha requerido también los comentarios de las autoridades españolas sobre el asunto de los presos cumpliendo sus penas en establecimientos situados lejos de los hogares de sus familias.  Consideraciones humanitarias, así como el objetivo de la rehabilitación social, abogan porque los prisioneros cumplan sus penas en la región donde ellos tienen su familia y sus vínculos sociales".

  EAJ-PNV ante todo ello, además de apoyar el informe del Parlamento Europeo, va a tomar iniciativas a través del Grupo vasco en Madrid para preguntar al Gobierno español si va a atender la resolución del Parlamento Europeo en la que se le insta a cumplir las recomendaciones del C.P.T., entre ellas el acercamiento de los presos.  EAJ-PNV también va a promover el análisis del informe de la Comisión de Derechos Humanos del Parlamento vasco, y caso de que el Gobierno español no atendiese al requerimiento del acercamiento de presos, se analizaría la posibilidad de demandar por ello al Gobierno español al Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo.

 

 

 

LA NUEVA LEY DE APORTACIONES (1997-2001)

  1.- De nuevo se tiene, merced al acuerdo alcanzado entre los representantes institucionales de las Diputaciones Forales y su correspondiente del Gobierno Vasco, una nueva Ley de Aportaciones que regula el proceso de distribución de recursos entre los diferentes niveles institucionales para el período 1997-2001.

  Nueva Ley de Aportaciones que "de facto", es un proyecto que precisa aprobación previa en el seno del Consejo Vasco de Finanzas, para luego requerir la sanción definitiva, después de su discusión, debate y según el juego de mayorías-potencial reforma en el Parlamento Vasco.

 

2.- En principio el nuevo proyecto de Ley de Aportaciones respeta el esquema general de concepción de la Ley, ya existente en las normas anteriores.  Es decir, se mantiene el principio de riesgo compartido total como criterio de asignación de los recursos entre las diferentes instituciones.  Sigue funcionando el criterio de coeficiente vertical para dividir los recursos entre los dos grandes bloques institucionales (Gobierno Vasco y Diputaciones Forales y Ayuntamientos), en este caso 67% para el Gobierno Vasco y 33% para las Diputaciones Forales y Ayuntamientos por cada peseta que adquiere la condición de recurso a distribuir.  Persistiendo también el sistema de coeficientes horizontales para determinar las aportaciones de cada Territorio Histórico.

  Continúan operando las deducciones previas, del conjunto de ingresos procedentes de la recaudación fiscal, fundamentalmente las constituidas por los pagos del Cupo al Estado, Policía Autónoma y financiación de la Sanidad, a efectos de determinar el volumen de recursos a repartir.

 

3.- Con todo el nuevo proyecto de Ley, también presenta novedades.  Entre ellas destacaron las más relevantes:

 

a) Una nueva configuración de las fuentes estadísticas por las que se fijan los parámetros e índices que determinan los coeficientes horizontales de aportación de cada Territorio histórico.  Básicamente la fuente de referencia lo constituyen los datos suministrados por el EUSTAT (Instituto Vasco de Estadística).

b) Una nueva determinación en la consideración de dichos índices y parámetros.

c) Una consideración diferente al tratamiento que se debe dar a la financiación de los proyectos extraordinarios.

d) Un nuevo conjunto de información, -fundamentalmente de naturaleza fiscal- destinada a posibilitar de un modo más completo por parte de las distintas Instituciones, el seguimiento de la evolución de la recaudación impositiva en el conjunto de la Comunidad Autónoma.

 

4.- La principal novedad del proyecto lo constituye la creación de un Fondo de Garantía Recaudatorio, denominado Ajuste de Garantía, creado con la finalidad de corregir una de las distorsiones observadas en el funcionamiento de la anterior Ley.

  Concretamente las desviaciones que se habían observado (en algún Territorio) se referían a las diferencias observadas entre el Porcentaje de Contribución horizontal a la financiación de los recursos a repartir y el porcentaje de participación de cada Territorio en el conjunto de la Recaudación Total.  Esta situación de persistir generaba una quiebra en el modelo.

  La alternativa de solución utilizada pretende disminuir el impacto de esa diferencia y distorsión.  De una parte examinando las causas de esa desviación (si se produce) y de otra garantizando el 99% del coeficiente horizontal de cada Territorio, en el caso que se produzca la desviación entre el coeficiente horizontal de un Territorio y su coeficiente de participación en la Recaudación Total para el mismo Territorio.

  El Fondo recoge la novedad de que todas las Instituciones contribuyen al mismo en proporción al reparto general con que se distribuyen los recursos a repartir, es decir el Gobierno con el 67% y las Diputaciones Forales con el 33% y además el ajuste (lo que puede recibir el Territorio que experimenta la desviación) es neto es decir existe una cobertura teóricamente completa del 99% del coeficiente horizontal.

  Un fondo así constituido presenta además un carácter solidario, en la medida que su contribución conjunta implica que todos pueden ser receptores.

  Finalmente el Fondo de Ajuste que está inicialmente fijado con un límite cuantitativo (1% de los recursos a distribuir) se adecuará en el caso que no cubra la totalidad del 99% o en su caso incluso puede abordar una cobertura superior.

  El proyecto recoge la posibilidad, que en el caso excepcional de existir desequilibrios económico-financieros en alguna de las instituciones forales pueda de nuevo el Consejo Vasco de Finanzas Públicas reunirse para adoptar las medidas necesarias destinadas a la corrección de esos desequilibrios.

 

5.- Estas son básicamente, las novedades del nuevo Proyecto de Ley de Aportaciones (1997-2001).  Después de la aprobación por el Consejo Vasco de Finanzas, iniciará su andadura legislativa.