Iritzia
25Uztaila
2014
25 |
Iritzia

¿Hacia una nueva cultura del agua?

Iritzia
Uztaila 25 | 2014 |
Iritzia

Xabier Ezeizabarrena

Iritzia

El Diario Vasco


Como es sabido, el agua es el recurso natural de mayor importancia para la subsistencia humana. Tanto o más para el desarrollo de actividades agrícolas, industriales, artesanales, deportivas, culturales o de ocio.

Sin embargo, buena parte del planeta no goza del acceso a los recursos hídricos o no lo hace en condiciones de salubridad. En muchos lugares, comunidades enteras carecen de acceso al agua. La tendencia de este problema es la de agravarse por influjo del cambio climático. En otros lugares el problema es diferente. Hay agua abundante y de calidad, pero resulta complejo y caro poner el agua a disposición de las personas. El agua está ahí… puedes disponer de ella libremente, pero el problema es llevarla a su destino, gestionarla sin pérdidas, hacerla llegar a cada persona en condiciones de igualdad y equidad.

 

Es imposible garantizar el derecho a la vida de las personas, el derecho a su dignidad, si no somos  capaces de garantizar el acceso al agua de millones de personas que no gozan de tal posibilidad. Esto implicaría la asunción del derecho al agua como un derecho fundamental en el plano teórico formal, cuyo cumplimiento en la práctica presenta dificultades tanto en el plano interno como en el contexto internacional. Si vinculamos la protección de este derecho con el derecho a la vida o a la dignidad de las personas, nos encontraríamos ante un derecho humano de primera generación y susceptible de cumplimiento ante cualquier administración y/o jurisdicción. En todo caso, esta construcción teórica difícilmente puede cumplirse en buena parte del mundo si no acompañamos a este discurso teórico de las actuaciones políticas prácticas, de las infraestructuras, incluso del régimen jurídico, para que esa declaración de objetivos pueda ser una realidad jurídica garantizada por los derechos humanos de forma eficaz.

 

Es imprescindible que la garantía del derecho al agua se realice desde una perspectiva integral, en el sentido de considerar el recurso no sólo como un elemento de la biosfera si no, también, como un recurso transversal y vivo que va a condicionar gran parte de las decisiones públicas de una sociedad y su futuro.

 

Se trata de un reto no exento de dificultades técnicas y políticas. Algunas derivan de la propia naturaleza de las reservas de aguas en el mundo y su vinculación, por ejemplo, con el fenómeno del cambio climático. Según los datos de la ONU-PNUMA, casi el 70% de la distribución del agua dulce del planeta se ubica en glaciares y nieve permanente mientras un 0,3% se encuentra en lagos y ríos, de modo que esta pequeña porción es la única renovable. Casi el 30% de las reservas de agua del planeta se corresponden con las aguas subterráneas.

 

La configuración del consumo de agua en el planeta ha sido abordada por la UNESCO con datos que nos alejan de la configuración del acceso al agua como un derecho en condiciones de igualdad y equidad. Según estas estimaciones, un niño occidental consume de 30 a 50 veces más agua que un niño de un país en desarrollo. De hecho, la ONU estima en 1000 millones las personas que no tienen acceso a agua potable, mientras unos 2500 millones de personas carecen de servicios básicos de saneamiento.

 

El acceso al agua, el cambio climático y la pobreza son tres elementos relacionados. Sus impactos y variables de conexión son y serán constantes en el futuro. Problemas económicos, sociales y ambientales que bien podrían encontrar acomodo mediante una relectura de la demanda y el gasto en agua embotellada, por poner un ejemplo. Nada menos que unos 50.000 millones de dólares anuales es nuestro gasto en agua embotellada. Agua que, en algunas ocasiones y lugares, abonamos a precios superiores a los de cualquier refresco, mientras podemos observar fuentes todavía sin cerrar en cualquier parque público de nuestras ciudades y pueblos.

 

Mientras, lugares como el río Amarillo en China manifiestan otros aspectos físicos de la lacra del agua en el mundo. En la actualidad, su cuenca está seca durante buena parte del año. En 1997 sus aguas no llegaron al mar durante 226 días. Otros ejemplos en diferentes lugares de pérdida o reducción de cauces se encuentran en lugares como el Nilo, el río Indu en Pakistán, el río Murray en Australia o el riesgo medio de desertificación de la península ibérica que asola a un 75% del territorio peninsular según la UNESCO.

 

Con todos estos datos, la Asamblea General de Naciones Unidas ha llegado a reconocer el derecho al agua potable y al saneamiento como derecho humano esencial para el pleno disfrute de la vida y de los restantes Derechos Humanos en una Resolución de 28 de julio de 2010. Por tanto, estamos ante un derecho plenamente reconocido por la comunidad internacional. Sin embargo, su carácter vinculante y la tutela administrativa y judicial es algo que se encuentra pendiente tanto en el ámbito interno como en el plano internacional. Observamos, en suma, obligaciones jurídicas sobre el papel. Algo diferente es hacerlas reales en la práctica.

 

PARTEKATU